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Becas 2017-18 en el Museo Reina Sofía

RESOLUCIÓN DE 16 DE FEBRERO DE 2017, DEL MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA, POR LA QUE SE CONVOCAN BECAS DE INVESTIGACIÓN, COORDINACIÓN-FORMACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIAS Y ACTIVIDADES COMPETENCIA DE ESTE ORGANISMO PARA EL AÑO 2017-2018.

Las becas tendrán las siguientes finalidades:

  • Investigación de los fondos de la colección del Museo.
  • Investigación del arte contemporáneo nacional e internacional para la organización de exposiciones temporales en el Museo.
  • Formación en la coordinación de programas públicos del Museo.
  • Formación en coordinación de exposiciones temporales del Museo.
  • Formación en coordinación de exposiciones de con fondos de la colección del Museo. Formación en las tareas de apoyo a la coordinación de exposiciones temporales del Museo. Formación en coordinación de patrocinio cultural. h) Formación en la protección, conservación y restauración de obras de arte contemporáneo.
  • Formación en las técnicas de documentación y biblioteconomía.
  • Formación en la gestión de las actividades editoriales del Museo.
  • Formación en la gestión de las actividades comerciales del Museo.

Las becas serán de las siguientes clases:

  1. Beca de investigación en el Departamento de Colecciones.
  2. Becas de investigación en el Departamento de Exposiciones.
  3. Beca de coordinación-formación en el Departamento de Colecciones.
  4. Beca de coordinación-formación en el Departamento de Exposiciones.
  5. Beca de coordinación-formación en el Departamento de Actividades Públicas.
  6. Becas de coordinación-formación en el Departamento de Desarrollo Estratégico y de Negocio.
  7. Beca de formación museística en el Departamento de Exposiciones.
  8. Beca de formación en restauración, especialidad soporte papel, en el Departamento de Conservación y Restauración.
  9. Beca de formación en biblioteconomía y documentación en la Biblioteca y Centro de Documentación.
  10. Beca de formación editorial en el Departamento de Actividades Editoriales.

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en cada una de las clases de beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
  • Cumplir con los requisitos específicos del perfil indicado para cada una de las clases de becas (ver Anexo I).
  • Cada solicitante sólo podrá presentar solicitud para una clase de beca, como máximo. En el caso de que el mismo solicitante supere el límite señalado, se evaluará la primera solicitud presentada, según fecha y número registro, considerándose excluidas las restantes.
  • No podrán concurrir las personas que hubieran obtenido, en al menos tres ocasiones, anteriores becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
  • No podrán concurrir las personas incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La solicitud de una beca implicará la conformidad con lo dispuesto en esta convocatoria y en la citada Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN:

  • Las solicitudes, que se ajustarán al formulario correspondiente a cada clase de beca que se publica junto a la presente resolución, se cumplimentarán enteramente en español.
  • Las solicitudes deberán rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de forma verídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados no se calificarán.
  • Las solicitudes deberán presentarse con la documentación que se detalla a continuación, en el idioma español o traducida al mismo, cuando corresponda:
  • Copia de documento nacional de identidad o del pasaporte en el caso de que no se preste el consentimiento contenido en el apartado correspondiente del formulario de solicitud para la comprobación de datos a través del Sistema de Verificación de Datos (Real Decreto 522/2006, de 28 de abril). Los no residentes en territorio español presentarán copia del documento acreditativo de su identidad expedido por la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad.
  • Copia del certificado de residencia fiscal para los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español.
  • Copia del Título universitario y copia de la Certificación Académica Personal, con validez oficial, en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.
  • Copia de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.
  • Copia de las certificaciones indicadas en el currículum vitae del solicitante. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.
  • Copia de la acreditación o, en su defecto, declaración firmada del dominio -hablado y escrito- de la lengua oficial española, en el caso de nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español.
  • Declaración responsable del solicitante – apartado correspondiente del formulario de solicitud – de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

  • Las solicitudes deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho, y podrán presentarse en el Registro General del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de los siguientes medios previstos en el artículo 16.4 y en la Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
  • En Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
  • En las oficinas de Correos (con el sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de su certificación).
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero (deberá figurar en la solicitud el sello de entrada en las mismas, que determinará la fecha de presentación).
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • No se admitirá, como medio de presentación de solicitudes, los servicios de mensajería privados ni los servicios de correos extranjeros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado (hasta el 19 de marzo).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública, en la web del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, la lista provisional de admitidos y excluidos en la presente convocatoria, con indicación en cada caso de los motivos de exclusión. Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha lista, para la subsanación de los motivos de exclusión.

DOTACIÓN:

13.800 euros anuales.

INFO OFICIAL COMPLETA:

www.museoreinasofia.es

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